martes, 21 de octubre de 2008

El Tribunal Supremo español rechaza que la Iglesia deba anotar la apostasía en las partidas de bautismo.

El pasado 30 de Septiembre, el Tribunal Supremo español, en un fallo hecho público, eximía a la Iglesia Católica de la obligación de anotar en las partidas de bautismo el abandono de la fe católica de quienes así lo soliciten. La razón alegada es que estos libros de registro no pueden ser considerados “ficheros” y, por tanto, no están sometidos a la Ley de Protección de Datos. Por otra parte, la Asamblea de Mujeres de Bizkaia realizó una rueda de prensa con el objetivo de valorar esa sentencia.
Desde Tas Tas Irratia, en Bilbao, nos ofrecen la conversación con Tere Maldonado, integrante de la Asamblea de Mujeres de Bizkaia, en torno a esta sentencia, así como de la campaña que en los últimos meses han llevado a cabo desde la Asamblea de Mujeres de Bizkaia en favor de la apostasía.







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