
Está constatado que a los pocos días del golpe de estado se dictaron órdenes precisas para que no se inscribieran en los Registros Civiles a los asesinados con la clara intención de dejar el menor rastro posible del genocidio que estaban cometiendo. En noviembre de 1936, coincidiendo con el declive de la represión realizada al amparo del “bando de guerra”, se publicó un Decreto por el que, como simples desaparecidos a consecuencia de la guerra, miles de personas pudieron "legalizar" la muerte de sus familiares desde finales de 1936 hasta la desaparición de la dictadura. En el mejor de los casos, aceptando “falsear” la causa de la muerte, a cambio de recibir una pensión de viudedad o evitar realizar “la mili” sus hijos mayores.
El uso del Registro Civil, como fuente documental, es esencial en cualquier proceso de investigación de la represión, para así poder cuantificarla, pero también para poder ponerles nombre a las víctimas. El proceso de Recuperación de la Memoria Histórica impulsada por la sociedad civil ya ha puesto de relieve la falsedad de los datos que han sustentado la interesada equiparación de víctimas de la guerra (“muertos y barbaridades hubo en los dos bandos”). Pero todavía, setenta y dos años después de la masacre y treinta de las primeras elecciones democráticas, ningún Gobierno ha favorecido la modificación de la Ley que regula la inscripción en dichos Registros Civiles, pese a que todos los Grupos Parlamentarios conocen esta situación por diferentes iniciativas impulsadas por las asociaciones memorialistas.
Manifiesto para la modificación de la Ley
www.radioklara.org
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